ENTREVISTA | Javier Fernández Lugarteniente del Justicia de Aragón

«Hay que modificar el sistema aragonés de incapacitación y medidas tutelares»

Javier Fernández, lugarteniente del Justicia

Javier Fernández, lugarteniente del Justicia / ÁNGEL DE CASTRO

EL PERIÓDICO suplementos@aragon.elperiodico.com

¿Era necesaria la reforma de las leyes civiles y procesales que regían la capacitación jurídica de miles de personas con discapacidad en España?

Se ha discutido mucho si era necesaria o no, pero se puede decir que era una obligación porque había que trasponer la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de 2006, ratificada por España en 2008, y que por tanto es ley aplicable en nuestro país. El Tribunal Supremo ya nos había dicho cómo tenían que ser las sentencias para adecuarlas a ese Convenio de Nueva York, pero las normas deben ser claras y no dar lugar a interpretaciones. Por lo tanto, yo considero que era una reforma necesaria.

¿Qué principios establece el convenio?

¿Vela el interés del de la persona con esa falta de capacidad o vela su voluntad? Esa es la gran controversia. Nueva York dice que lo que predomina es su voluntad. El papel casi todo lo aguanta. Sin embargo, yo veo con los padres o los familiares que a veces, en la práctica, se llega a un punto en que la voluntad es muy difusa, pues no existe. Entonces hay que pensar en lo que estas personas hubieran querido hacer por su actitud vital, pero eso es muy complicado. En nuestro derecho teníamos bien clara la diferencia entre capacidad jurídica y capacidad de obrar, pero la convención no lo no lo contempló porque en otros ordenamientos jurídicos, sobre todo los anglosajones, no se lleva a efecto. Y aquí ha creado una discrepancia importante.

Pero Aragón tiene su propio derecho civil. ¿Habrá que reformarlo también?

Hay juristas que opinan que no hace falta adaptar el derecho foral aragonés a la convención. Pero, por el mismo principio de seguridad jurídica del que hablaba antes, no podemos estar al albur de que un juez interprete la norma de una forma u otra. Nuestro sistema de incapacitación y de medidas tutelares tendrá que modificarse, conservando nuestras propias instituciones. La nueva norma ha eliminado la patria potestad prorrogada, pero aquí no existía. En Aragón, la mayoría de edad también tiene otro régimen. Y la curatela y la guarda de hecho ya las teníamos muy bien reguladas. Por eso, aquí habrá que recorrer un camino distinto. El problema está en que ese camino, tranquilo y pausado, se tenía que haber recorrido hace ya unos años. Desde esta casa, en el 2019 ya se instó en el Foro de Derecho Aragonés a trabajar sobre ello. Pero no se ha hecho nada, y nos hemos encontrado con que el 3 de septiembre se cayó toda la arquitectura procesal sobre esta materia.

¿En qué aspectos chocan la nueva legislación estatal y la autonómica?

El punto principal es que, en el Código Civil, que se aplica en todo el territorio español menos en Cataluña y Aragón, desaparece la incapacitación. Ahora ya no hay incapaces, sino personas con necesidades de apoyo. Y, consiguientemente, desaparece la figura que apoya al incapaz, que es la tutela. Pero en Aragón la seguimos manteniendo porque nuestro Código de Derecho Foral no se ha modificado.

¿Eso significa que Aragón no ha avanzado en derechos?

Las cosas en Derecho no son lo que se dice que son, sino lo que realmente son. Si yo tengo un contrato donde pone que es de compraventa, pero de su lectura deduzco que es de arrendamiento, es un contrato de arrendamiento. En Aragón ya habíamos conseguido, a través de la actividad de los jueces, una adaptación de hecho, aunque no de derecho, al sistema del convenio. Las resoluciones de incapacitación de los jueces contemplaban ya las medidas necesarias para cada caso concreto. Solo se llegaba a la incapacitación total en muy contadas ocasiones, en las que era necesaria porque la persona no se regía. Por ejemplo, alguien con un alzhéimer muy profundo. Al resto se le aplicaba una figura que en derecho aragonés ya teníamos, que es la curatela, y que ahora es la gran novedad del derecho español, junto con la guarda de hecho, que aquí ya existía también.

Entonces, mientras no se reforme el derecho foral, ¿pueden encontrarse con problemas de seguridad jurídica los aragoneses afectados?

No, porque el derecho foral sigue plenamente vigente. El problema al que habrá que dar solución es cuando en la práctica tengamos que ejecutar el derecho material, porque también se ha modificado la ley de enjuiciamiento civil. El problema es el procedimiento, y yo casi lo circunscribiría a situaciones futuras, a nuevas declaraciones de incapacidad, porque las actuales se van a seguir tramitando en ejecución de sentencia.

¿Ha dado algún paso el Justicia de Aragón para que se solvente este problema?

El 15 de junio iniciamos de oficio un expediente en el que instábamos al Gobierno de Aragón a que, previo dictamen de la Comisión Aragonesa de Derecho Civil y con carácter urgente, se procediera mediante decreto ley a dotar al ordenamiento jurídico aragonés de instrumentos normativos que permitan la aplicación de las particularidades de nuestro derecho foral en materia de capacidad jurídica. En solo diez días nos respondieron que la comisión considera que el cambio no es necesario, y que no puede hacerse por decreto ley. Sorprendentemente, el 2 de septiembre, día anterior a la entrada en vigor de la norma estatal, Cataluña emitió un decreto ley solventando estos escenarios. Parece ser que en Aragón sí que habrá cambios, pero con tranquilidad. El 9 de noviembre se reunirá el Foro de Derecho Aragonés y veremos qué se dice ahí. Mientras tanto, seguiremos dependiendo de la voluntad de cada juez.

Otra novedad de la ley es que hay que revisar las sentencias de incapacitación cada tres años. ¿Es asumible con la actual dotación de medios humanos y materiales de los juzgados?

Para nada. Ya ocurrió cuando en las separaciones se tuvo que aplicar la custodia compartida. Igual que ahora, se dio un plazo de un año para adaptar las sentencias existentes a la nueva ley, y en los juzgados de familia fue una locura. Ahora hay un año para convertir todas las tutelas de España en curatelas con medidas de apoyo concretas y específicas. Y cada tres años habrá que revisar las sentencias. Van a colapsarse los juzgados que se ocupan de esta materia. H