El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de cuatro años y medio de prisión impuesta al exalcalde de Letux Luis Miguel Abós Aznar por un delito de malversación de caudales públicos mientras fue regidor del municipio.

El alto tribunal también confirma la condena de seis años y medio establecida contra el constructor Jesús Lahoz Lucea por el mismo delito de malversación, así como por otro de falsificación de documento mercantil.

Ambos fueron considerados culpables de los delitos imputados por el jurado popular que los juzgó el año pasado en la Audiencia de Zaragoza, ratificada posteriormente por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón y vuelta a recurrir ante el Supremo.

El alcalde, al frente del ayuntamiento entre el 2007 y el 2014 por el PAR, autorizó el pago de facturas duplicadas al constructor, a quien el consistorio le adjudicó obras como una nave agroindustrial, la red de agua y vertido del pueblo, y el patio de las escuelas municipales.

Mediante este sistema, que rechazó el secretario municipal, el constructor percibió a través de entidades bancarias alrededor de 120.000 euros, de cuyo pago le hizo responsables la Audiencia de Zaragoza.

A ambos procesados se les aplicó entonces una atenuante de reparación parcial del daño al haber consignado parte de la cantidad defraudada.

Según recoge la sentencia del Tribunal Supremo, el exregidor firmó todas las facturas de obras municipales que presentó el constructor Jesús Lahoz Lucea, un total de siete, pese a que sabía que habían sido cobradas anteriormente por el prestador del prestador del servicio en una entidad bancaria por el procedimiento del endoso o cesión de crédito.

Los hechos se produjeron en el 2008, en una de las dos épocas en que Abós fue alcalde de Letux, un pueblo de la comarca de Belchite con menos de 400 habitantes. Su actitud supuso un perjuicio para las arcas públicas, dado que el ayuntamiento debía abonar las facturas por duplicado, una al constructor y otra al banco al que este endosaba los documentos contables.

La Audiencia de Zaragoza estableció que el entonces alcalde «tenía que saber que no se debían pagar por segunda vez al constructor», ya que el consistorio debía arreglar cuentas posteriormente con la entidad bancaria. Durante el juicio, el constructor exoneró a Abós de toda culpa y afirmó que se vio acorralado por la crisis y por la tardanza del ayuntamiento a la hora de pagar.