Las multas por exceso de velocidad pueden recurrirse por este fallo que la DGT oculta
Aunque te llegue la sanción a casa, existe una forma de librarse de ella
España contó en 2022 con 2.820 radares con los que pretende reducir la siniestralidad y mejorar la seguridad en las carreteras del país. 2.010 son fijos, 400 son radares de semáforo, 167 de tramo y 243 están dedicados a controlar el mal uso del cinturón y del teléfono móvil dentro del vehículo.
Esto supone un aumento del 7% con respecto al año anterior. Además, 106 de estos radares están ubicados en Aragón, siendo la novena comunidad autónoma con más radares. Estas medidas de seguridad han conseguido que España esté entre los países con una tasa de mortalidad más bajas en las carreteras de Europa.
Aunque los radares tienen la función de evitar accidentes en las carreteras, hay muchos conductores que no lo ven de la misma forma debido a la gran cantidad de sanciones que se imponen. Sin embargo, debes saber que algunas pueden recurrirse debido a un fallo que no es habitual pero que ya ha salvado de más de una sanción.
El truco legal que no sabías que existía para librarte de una multa
Llega una multa a casa. Después de resignarte y pensar en que tienes que rascarte el bolsillo, lo primero que haces es pagarla muy a tu pesar. Esto lo haces de forma instintiva y porque desconoces que la multa podría tener algunos fallos. El más común, y por el que ya se ha retirado alguna sanción, es la falta de imágenes.
La normativa vigente establece que las multas deben incluir dos imágenes, y no sólo una. Una de las fotografías debe mostrar una visión panorámica del vehículo, mientras que en la otra se debe visualizar la matrícula con total claridad. Como te decimos, ya existen casos en los que se han retirado sanciones. Es el caso de un juzgado de Córdoba, que anuló una multa por exceso de velocidad debido a que solamente se había adjuntado una imagen.
Pero no es lo único que debes revisar. También deberás estar atento a que los datos estén correctamente, si eras la persona que conducía el vehículo o si la sanción conlleva una pérdida de puntos.
Cómo recurrir una sanción
Una vez hayas revisado, lo lógico es que no haya nada que hacer. Por lo tanto, es conveniente pagarla cuanto antes, ya que así podrás reducir el importe de la sanción hasta un 50% si lo pagas en los primeros 20 días naturales.
Si, por lo contrario, deseas recurrirla, entonces deberás presentar una alegación durante los primeros 20 días desde la notificación. Luego, sólo podrás presentar un recurso de revisión si hubiera algún tipo de error en la denuncia. Aunque es importante recordar que para presentar un recurso, primero habrá que presentar una alegación. Todos estos trámites pueden realizarse a través de la Sede Electrónica de la DGT o presencialmente en la Jefatura Provincial de Tráfico.
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