RENTA 2023

El importante aviso de Hacienda si cobras esta ayuda: así se verá en la declaración de la renta

El 30 de junio es la fecha límite para que los ciudadanos presenten este trámite anual

El 30 de junio es la fecha límite para realizar la declaración de la renta.

El 30 de junio es la fecha límite para realizar la declaración de la renta. / Archivo

Una de las obligaciones más pesadas del año es, sin lugar a dudas, la declaración de la renta. Ya son muchos los ciudadanos que la han presentado, bien por vía de su gestor, bien por elaboración propia, y siempre cruzando los dedos para que no les salga a pagar (o no demasiado).

Para quienes todavía no la han realizado, es importante recordar que la campaña permanece abierta hasta el 30 de junio y se puede presentar por tres vías distinas: online, a través de la Sede Electrónica, de forma telefónica o presencial.

Son varios los pefiles que están obligados a realizar la declaración de la renta, entre ellos, los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Según el Instituto Nacional de la Seguridad Social, se trata de una ayuda de la que se benefician 576.097 hogares en los que viven 1.633.474 personas.

Aunque el recibir el IMV obliga a los ciudadanos a presentar la declaración de la Renta, esta ayuda no tributa en el IRPF y se vuelve a renovar todos los meses de diciembre, cuando la Administración constata que los datos por los que fue concedida coinciden con los que mantiene el ciudadano durante el año siguiente.

A pesar de esto, la Seguridad Social sí advierte que "deberán declararse, como rendimientos del trabajo, las cuantías que superen los 11.862,90 euros (1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, IPREM). Esto quiere decir que, si el beneficiario del IMV recibe otras ayudas que le hagan superar esta cuantía, solo tendrá que declarar y tributar por ellas; y en la mayoría de los casos la declaración le saldrá neutra.

Además, desde el organismo recuerdan que el Ingreso Mínimo Vital "no genera por sí mismo derecho a la deducción por maternidad, ni a las deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo".