Aborto, trans y mayoría de edad

Alfonso Alegre

Alfonso Alegre

Hay dos polémicas recientes que tienen relación con la mayoría de edad. De un lado tenemos la ley del aborto, que permite a menores a partir de los 16 años la interrupción voluntaria del embarazo sin consentimiento paterno. Del otro, está la ley trans, que permite la autodeterminación de género a partir de los 16 años también sin consentimiento de los padres (esto último es cambiar un dato en el registro civil, no es someterse a una intervención quirúrgica).

No es mi intención posicionarme sobre esto (ni a favor, ni en contra) sino llamar la atención sobre lo que en mi opinión son incoherencias legales en relación a lo que pueden y no pueden hacer los menores de edad.

En España, una menor de 17 años puede abortar sin consentimiento paterno, pero si está en clase y se encuentra mal porque tiene dolores menstruales no le puede pedir a un profesor un ibuprofeno, salvo que haya una autorización firmada por los padres o tutores. Esa misma chica puede acudir al registro civil sin consentimiento paterno y cambiarse de género, pero no puede (legalmente) pedir una cerveza en un bar o un paquete de tabaco en un estanco.

Esta menor que, tras pasar por el registro civil, es legalmente un chico, ha decidido que le gustaría aprovechar el verano para trabajar. Sin embargo, no puede firmar un contrato de trabajo sin consentimiento de sus padres. Además, este chico al ser menor no podrá decidir en exclusiva si quiere estudiar FP o un bachillerato ya que al ser menor la matrícula necesita del consentimiento y firma de los padres.

Pongámosle un poco más de salsa al tema de la matrícula. El chaval ha sentido la llamada de Alá y quiere matricularse de religión islámica (sí, existe esa opción en institutos españoles) pero los padres han decidido que por ahí no pasan, y que se matricula de religión católica, que para algo es la única y verdadera, pues el chaval aprenderá los evangelios y no el Corán. En nuestra comunidad un menor con 15 años y 364 días no puede entrar a un concierto si no es acompañado de un adulto y se registra como menor en el espectáculo. Al día siguiente puede entrar solo en el registro civil y cambiarse de género o ir a una clínica y abortar.

Creo que estos ejemplos bastan para entender que hay que replantearse el tema de la mayoría de edad o alternativamente tratar de tener reglas coherentes en relación a lo que pueden hacer o no los menores.

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