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LA TERCERA OLA DEL CORONAVIRUS

Otro recurso en el TSJA insiste en suspender los confinamientos

El tribunal rechaza la cautelar del primero sobre el decreto de la DGA ya derogado. Los demandantes, ciudadanos de a pie, afirman que «no es un portazo» a su petición

Otro recurso en el TSJA insiste en suspender los confinamientos

Sigue el pulso con la DGA en los juzgados de los diez ciudadanos de a pie que decidieron pedir al Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) la suspensión cautelar de los confinamientos en la comunidad. Tras derogarse el decreto del 4 de noviembre que los impuso, ahora se ve amenazado el que entraba en vigor ayer y firmado el 27 de noviembre. Al recurso inicial, sobre la orden ya anulada, le siguió otro ayer apuntando en la misma dirección y pidiendo lo mismo, que se levanten las restricciones a la movilidad como medida cautelar. Aunque entre uno y otro ahora existe un pronunciamiento del órgano judicial que, en respuesta al primero, rechazó esa solicitud, también ayer.

Aunque para los demandantes, este auto del TSJA «no es un portazo» a sus pretensiones, afirmó el letrado que lleva el recurso ciudadano, Santiago Palazón. Para él «da pistas» de lo que reclaman los magistrados para resolver sobre la cuestión de fondo que este contencioso plantea, la supuesta inconstitucionalidad del decreto de Lambán, y en la que el auto de ayer no entraba. Este, por contra, sí indicaba que no están suficientemente justificados por parte de los demandantes los «perjuicios irreparables que padecerían o las situaciones irreversibles o de difícil reversibilidad en las que se verían inmersos». Pero les da esperanzas que, unos párrafos más adelante, el órgano judicial sí se reconoce competente para acordar las medidas oportunas, «a despecho de lo que dice la defensa del Gobierno de Aragón», que aseguraba que debía valorarlo el Tribunal Supremo. Aunque añade que se deberá tramitar una cuestión de competencia a este.

Ayer por la tarde, el despacho de Palazón interpuso un nuevo contencioso administrativo pidiendo nuevamente el levantamiento de los confinamientos de la comunidad y las provincias, con medidas cautelarísimas y cautelares. Y ya que apuntan al nuevo decreto de la DGA, publicado el lunes en el BOA, sortea otro de los reveses que le daba ayer el escrito de los magistrados, aludiendo a la tardanza en recurrir una orden que fue firmada el 4 de noviembre. Habían pasado 20 días y la urgencia que exigían era más que cuestionable. «No solo no existe riesgo en la demora, sino que por el contrario la premura en la resolución, además de no causar, como se ha visto, perjuicios a los recurrentes, provoca indefensión a la Administración autonómica», defendía la DGA en el auto.

«Es evidente que la sentencia, aunque fuera estimatoria, ya no impediría la restricciones de movilidad acordadas, y desde ese punto de vista habría perdido el recurso su finalidad legítima», reconocía el auto. Y, mientras, elude valorar si los argumentos de la DGA son suficientes para decretar confinamientos. En su respuesta, esta exponía «una tasa de contagios de 590 por cada 100.000 habitantes en Aragón y eran las fiestas del Pilar», es decir, se debía «minimizar el riesgo» de exportar una situación «grave» y «disminuir la probabilidad de transmisión».

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