SUCESOS EN ARAGÓN

La pena de 20 años de cárcel a la asesina del 'Quinqui' Medrano está «mal impuesta»

El fiscal detecta que la jueza aplicó por error la norma reformada con posteridad al asesinato

Con el código penal previo a la reforma de 2015, la condena quedaría reducida a 17 años y medio

María del Carmen Villa Fernández fue condenada a 20 años y un día de cárcel por asesinar en enero de 2015 en Calatayud a su marido Raimundo Medrano, alias el Quinqui Medrano, quien fuera la mano derecha de El Lute. Sin embargo, durante la vista de apelación que se celebró ayer en el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), el fiscal Carlos Sancho Casajús puso de manifiesto un error de la magistrada presidente del tribunal del jurado que redactó la sentencia con el código penal reformado en julio de 2015 y que es posterior a los hechos juzgados. Así, la pena «equivalente» a la anterior normativa serían 17 años, 6 meses y un día de prisión.

El representante del ministerio público defendió ante la sala que la pena está «mal impuesta», ya que se fundamentó en la nueva horquilla penal (15-25 años) establecida a partir de la reforma de julio de 2015 en lo referente al delito de asesinato. En este sentido, la jueza consideró que Mari Carmen debía ser condenada a la pena mínima en su mitad superior (20 años y un día) al concurrir la agravante de parentesco. Sin embargo, el código penal anterior a la reforma de julio de 2015 situaba esta horquilla en el delito de asesinato entre los 15 y los 20 años, por lo que «la equivalente» serían esos 17 años, 6 meses y un día de prisión.

Es decir, la vida de Mari Carmen entre rejas se vería reducida en dos años y medio, si bien a este delito de asesinato también se une un segundo de tenencia ilícita de armas por el que fue condenada a otro año de cárcel. «Se le agradece porque hay que hacerlo», respondió al fiscal el penalista madrileño y defensor de la condena José María Pedregal.

Este letrado fundamentó su recurso de apelación en tres principios: el quebrantamiento del reglamento y las normas procesales, la vulneración del derecho a la presunción de inocencia y la infracción de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Especialmente contundente fue respecto al primero y tercero, íntimamente relacionados porque el jurado popular probó la alevosía en la muerte al considerar que el Quinqui era ciego.

Tal y como desveló EL PERIÓDICO DE ARAGÓN, el fallecido «conducía» porque un atestado de la Guardia Civil corrobora que había sido procesado en 2011 por un atentado contra gentes de la autoridad: embistió con su vehículo contra unos guardias civiles en Orgaz (Toledo) ya que no tenía carnet, le dieron el alto se dio a la fuga. No obstante, Raimundo no llegó a ser juzgado porque fue asesinado antes de que se celebrara este juicio en el que afrontaba un año de cárcel por un delito de lesiones y otro año por un delito contra la seguridad vial.

Sin embargo, este atestado de la Guardia Civil no fue aceptado por la magistrada presidente del tribunal de jurado alegando, por un lado, que se había presentado fuera de tiempo, y, por otro, que los hechos se remontaban al año 2011. A juicio del penalista, este informe de la Guardia Civil era «pertinente y estrictamente necesario», ya que la ausencia de la alevosía podría recalificar la muerte del Quinqui como homicidio, conllevando una rebaja de la condena. No pudo presentarlo antes, ya que asumió la causa pocas semanas antes de la celebración del plenario.

De todos modos, Pedregal siguió defendiendo que Mari Carmen es inocente a pesar de que «confesó y reconfesó» haber disparado a su marido. Durante el juicio habló de un asesino fantasma al declarar que ella solo escuchó un disparo. «La pistola la sacó una persona; no la saqué yo, señoría», le contestó a la fiscal.

No obstante, Sancho Casajús aprovechó ayer su intervención para dejar caer en la sala que el asesinato del Quinqui «rozaría» la prisión permanente revisable con el actual Código Penal, si bien sería imposible a efectos legales con la normativa anterior a julio de 2015. A modo de reflexión, Sancho Casajús consideró que se debería tener en cuenta que Mari Carmen «mató a su marido discapacitado mientras estaba durmiendo»: unos condicionantes que se deberían analizar para precisar si se trata «solo de un asesinato ordinario o hiperagravado» sobre el que todavía «no se ha pronunciado el Tribunal Supremo». Es mera especulación.