Real decreto
El Gobierno aprueba por vía de urgencia la reforma de la Función Pública y la de Mecenazgo
Las medidas adoptadas en el penúltimo Consejo de Ministros del año permiten al Ejecutivo solicitar el cuarto pago de fondos europeos, por 10.000 millones
Rosa María Sánchez
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un real decreto-ley por el que se se aprueban reformas en el ámbito de la Función Pública, así como de la ley mecenazgo. Se trata de dos reformas legales cuyas tramitaciones decayeron en el Parlamento por la convocatoria anticipada de elecciones generales el 23-J y que ahora han sido retomadas por la vía de urgencia -mediante real decreto ley- por el Consejo de Ministros para cumplir con los compromisos del Plan de Recuperación vinculados al cuarto pago de fondos europeos (10.000 millones).
La aprobación de estas dos reformas, así como la del subsidio por desempleo, pemitirán al Gobierno solicitar a la Comisión Europea este mismo miércoles el cuarto desembolso de los fondos Next Generation EU (10.000 millones), según ha avanzado el ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros.
Función Pública
Tal como estaba plasmado en el proyecto de ley que decayó por el adelanto electoral, la reforma de la Función Pública aprobada ahora por el Gobierno regula la evaluación del desempeño obligatoria, el procedimiento por el que se valora la conducta profesional y se mide el rendimiento del personal. Con esto, el Gobierno persigue una mejora de la productividad que redunde en una mejor prestación del servicio público. Dichas evaluaciones fueron consensuadas con las organizaciones sindicales tras el proceso de información pública del anteproyecto de ley que decayó.
La evaluación del desempeño en ningún caso implicarán la pérdida de la condición de funcionario para quienes no las superen. La reforma establece que en el caso de que un empleado o empleada pública no tengan resultados satisfactorios en las mismas, se fomentarán las medidas de formación para dotarles de herramientas que les permitan un mejor desempeño. Para quienes superen estas evaluaciones, obtendrán beneficios directos en distintas variables. La principal será la remuneración del complemento de desempeño, que sustituye al complemento de productividad.
Ley de mecenazgo
Por su parte, la modificación de la Ley de Mecenazgo contempla la mejora de su régimen de incentivos fiscales tanto si es efectuado por personas físicas, como por personas jurídicas o por no residentes.
En el caso de las personas físicas, se eleva del actual 35% al 40% el porcentaje de deducción aplicable con carácter general. Además, se amplía la cuantía del micromecenazgo, de 150 a 250 euros, por lo que se incentiva la generación de este tipo de donativos, ya que esa ampliación de la cuantía permite aplicar el porcentaje del 80% a una mayor cantidad de donativos.
Por otra parte, se reduce de 4 a 3 años el número de ejercicios en los que tiene que hacer donativos a una misma entidad por importe igual o superior a los del ejercicio anterior, para acceder a un incremento de 5 puntos en el porcentaje de deducción, de tal forma que en esos casos de donación continuada el porcentaje pasaría a ser del 45%.
En el caso de personas jurídicas, se incrementa el porcentaje de deducción, que pasa del 35 al 40%, para potenciar el incentivo. Además, se reduce de 4 a 3 años el número de ejercicios necesarios para poder acceder al incremento de 10 puntos en el porcentaje de deducción. De esta forma, ese porcentaje alcanzaría el 50%.
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