La DGT toma medidas ante los conductores que aparcan en los pasos de cebra

Las sanciones por esta infracción pueden llegar hasta los 500 euros

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha comenzado este 2024 con el propósito de velar por la seguridad de conductores y reducir el número de siniestros en las carreteras. Aparte de estar al tanto del tráfico en las carreteras fuera de las urbes, el organismo de tráfico mira con lupa las infracciones que puedan tener lugar en las ciudades.

Tenemos que tener en cuenta que las infracciones al volante no son iguales y, por lo tanto, las sanciones van a depender de lo que hayas hecho mientras conducías. Saltarse un stop, estacionar el coche en zona azul y no pagar o pasar de largo en un ceda al paso, son algunas de las infracciones más comunes de los conductores por las calles de las ciudades.

Aunque en los últimos tiempos, ha habido un incumplimiento de la ley de tráfico que los agentes locales y la DGT no han querido pasar por alto. Se trata de estacionar nuestros vehículos en medio de un paso de cebra.

La sanción por aparcar en un lugar prohibido

El uso del paso de cebra está dedicado únicamente a los peatonesque andan por la vía pública, pero, en muchas ocasiones, los conductores, que no encuentran un hueco para aparcar en la calle, deciden estacionar su vehículo sobre estas líneas blancas pintadas en la calzada.

La multa por aparcar en un paso de peatones es de 200 euros, una cifra que puede llegar hasta los 500 euros dependiendo de la ciudad donde tenga lugar la infracción. Como con toda multa, existe la opción de recurrir la sanción, pero no suelen prosperar porque suelen ir acompañadas de documentos gráficos para certificar lo sucedido. Estas sanciones no solo se aplican a los vehículos de cuatro ruedas, ya que las motos tampoco pueden estacionar sobre un paso de cebra.

Otras multas por mal estacionamiento

Aparte de estacionar sobre un paso de peatones, también existen otro tipo de sanciones por mal estacionamiento en la vía pública como dejar el vehículo en zonas prohibidas para ello o en lugares donde no está permitido aparcar. La cantidad de la sanción dependerá de la gravedad de la infracción y de la ciudad en la que nos encontremos. La multa puede ascender de los 50 hasta los 1000 euros.

Está prohibido aparcar en carriles bus, aceras, pasos de peatones, salidas de emergencia o carriles de bicicletas, además de los espacios reservados para personas con discapacidad, zonas de obra o carga y descarga. Estas zonas están marcadas con señales de tráfico específicas.