ACTUALIZACIÓN DE LA NORMA DE 1954

La ley de Convivencia de la Universidad de Zaragoza fomenta la mediación y aleja el castigo

El campus público aragonés ha sido de los primeros en aprobar la norma, que conlleva la creación de una comisión que gestionará cualquier situación conflictiva / Las novatadas, cualquier tipo de acoso o el fraude académico se consideran faltas graves o muy graves y supondrán la expulsión

El código disciplinario del campus público cambia para tender a la mediación.

El código disciplinario del campus público cambia para tender a la mediación. / ÁNGEL DE CASTRO

Ana Lahoz

Ana Lahoz

Puede parecer sorprendente, pero hasta hace cuatro días el código disciplinario que regía en la Universidad de Zaragoza databa de 1954. Es decir, el funcionamiento interno del campus público en pleno 2023 se estaba basando en una norma aprobada por Franco. Desde el pasado jueves, tras su aprobación por el Consejo de Gobierno, la institución académica ya tiene su ley de Convivencia, un reglamento actualizado a los tiempos y que tiene en «el uso preferente» de la mediación su clave. 

El campus público aragonés ha sido de los primeros en armar, desarrollar y poner en marcha esta ley, que todas las universidades tendrán que aplicar tarde o temprano. «Llevamos meses de mucho trabajo y estamos muy contentos de tenerla ya aprobada. A efectos prácticos, una de las consecuencias más importantes es la puesta en marcha de una comisión de convivencia, que será la encargada de gestionar todas las circunstancias, tendiendo siempre a la mediación y no al castigo», explica a este diario Ángela Alcalá, vicerrectora de Estudiantes de la Universidad de Zaragoza.

"Una de las consecuencias más importantes es la puesta en marcha de una comisión de convivencia, que será la encargada de gestionar todas las circunstancias, tendiendo siempre a la mediación y no al castigo", dice Ángela Alcalá, vicerrectora de Estudiantes

Dicha comisión, que va a ser «un órgano muy potente», será paritaria y estará configurada por dos representantes de Personal Docentes Investigador (PDI), dos estudiantes y dos portavoces de Personal de Administración y Servicios (PAS). Todos ellos serán elegidos por el claustro.

La comisión va a ser la «ventana» a la que lleguen todas las situaciones susceptibles de incumplir la ley de convivencia y, desde la misma, se derivará al servicio que corresponda: mediación, inspección de servicios, comisión de igualdad o la oficina de prevención de casos de acoso, entre otrtas. «El objetivo es favorecer un ambiente de convivencia y de diálogo y que el régimen disciplinario no sea el único ni el cauce preferente para resolver el conflicto. Antes, la mediación no existía», recalca Alcalá.

Tres tipos de faltas

En todo caso, la ley también recoge en su capítulo II el régimen de sanciones para atajar cualquier situación en la que la mediación no se contemple dada la gravedad del asunto y, entonces, se proceda a la expulsión.

Este régimen sancionador es solo de aplicación a los estudiantes y contempla tres tipos de faltas. Por ejemplo, se considerarán muy graves las novatadas o cualquier conducta vejatoria; el acoso o la violencia grave sobre cualquier miembros de la comunidad universitaria; el acoso sexual o la discriminación por razón de sexo; o el plagio; entre otros. En estos casos, las sanciones pueden ir desde la expulsión de dos meses hasta tres años de la universidad, así como a la pérdida de derecho de matrícula durante un curso o un semestre.

Se considerarán muy graves las novatadas o cualquier conducta vejatoria; el acoso o la violencia grave sobre cualquier miembros de la comunidad universitaria; el acoso sexual o la discriminación por razón de sexo; o el plagio, entre otros.

«Calculamos que el 90% de las sanciones que se van a tramitar van a ser por fraude académico, porque es la situación que más estamos viendo ya», indica Alcalá. En el caso del fraude académico, este es considerado falta grave, como también lo es el apoderarse «indebidamente» de exámenes. Las sanciones graves son expulsión de un mes o pérdida del derecho a la convocatoria ordinaria en el semestre en el que se comete la falta.

Actividades formativas

«En el caso de las sanciones, la norma está muy bien definida y, además, incluye medidas sustitutivas que podrían aplicarse a casos graves sin necesidad de la expulsión. Una vez, se busca evitar ese castigo siempre y cuando se cumplan los criterios», dice Alcalá. En estos supuestos, será el rector de la Universidad de Zaragoza quien pueda imponer esas medidas «de carácter educativo y recuperador» entre los estudiantes infractores y que podrán consistir en actividades formativas, culturales o deportivas.

"La norma nos va ayudar a gestionar, pero también a poner límites y estar más vigilantes ante cualquier situación. Es una ley que nos tiene que reforzar", añade Alcalá.

«La norma nos va ayudar a gestionar, pero también a poner límites y estar más vigilantes ante cualquier situación. Es una ley que nos tiene que reforzar y que, además, se adapta a los valores y principio democráticos», recalca Alcalá.

La aprobación llega tras un comienzo de curso universitario en España que se vio gravemente empañado por los cánticos y actitudes machistas de los estudiantes del Colegio Mayor Elías Ahuja, en Madrid. Poco después, este diario adelantó que en la Universidad de Zaragoza se estaban produciendo cánticos similares en los partidos de rugby de un equipo masculino. En cuanto el campus público tuvo conocimiento de esta circunstancia, abrió una investigación para atajar la situación, mientras que los propios estudiantes pidieron disculpas y cesaron sus frases.