Adiós a recibir las notificaciones de las multas de la DGT en papel y en casa

Ya hay cambios confirmados por la DGT

Se impone la nueva normativa, aprobada en noviembre de 2022

Las multas en papel tienen los días contados.

Las multas en papel tienen los días contados. / PIXABAY

Eva de León

La DGT está lista para modernizar sus sistemas, reconociendo los beneficios que la tecnología ofrece al facilitar los procedimientos. Uno de los cambios que ya se ha puesto en marcha es el de la notificación de multas.

El nuevo método de notificación prescinde del papel. La entidad gubernativa ha decidido dejar atrás las notificaciones en papel que antes se enviaban a los implicados en sus domicilios. Siguiendo el ejemplo de otras entidades, a partir de esta nueva fase, las notificaciones a empresas y autónomos se realizarán mediante medios electrónicos.

Recordar que desde el 1 de noviembre de 2022, la DGT dejó de emitir notificaciones en formato papel a las Personas Jurídicas. A partir de entonces, todas las notificaciones han sido exclusivamente electrónicas a través de la Dirección Electrónica Vial (DEV).

Los datos de suscripción a la DEV son accesibles para las Administraciones competentes en materia de tráfico, las cuales notificarán electrónicamente a través de sus propias plataformas de comunicación.

Solo reciben notificaciones de tráfico y seguridad vial de los emisores que estén suscritos al sistema y tengan competencia en materia de tráfico.

¿Quiénes recibirán las notificaciones?

La DGT anuncia que el cambio de sistema se realiza en dos etapas.

Empresas y autónomos

En la fase inicial, se implementa la obligatoriedad de la notificación electrónica para personas jurídicas, es decir, empresas y autónomos. Aquellas empresas y autónomos que sean titulares de permisos de circulación o vehículos deben registrarse en línea para unirse al nuevo sistema. Asimismo, las empresas que arrienden vehículos también están obligadas a registrarse.

Si una empresa o autónomo no posee vehículos propios ni arrendados a su nombre, no está obligado a realizar el registro. Sin embargo, la DGT recuerda a los empresarios y autónomos que el registro es obligatorio.

Para registrarse en el sistema de Dirección Electrónica Vial (DEV), el interesado debe acceder a la sede electrónica de la DGT. Se le proporcionará un buzón electrónico y será necesario un certificado digital válido para completar este proceso. Además, se requiere proporcionar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono móvil. A través de la vía seleccionada, el usuario recibirá las notificaciones pertinentes.

Personas Físicas

  • ¿Qué ocurre con las personas físicas que no son dueñas de empresas ni autónomos? Por el momento, la inscripción en el sistema es opcional. Aquellas personas que posean licencia de conducir o vehículos tienen la opción de continuar recibiendo las notificaciones en sus hogares o unirse al sistema electrónico.

Si optan por recibir notificaciones electrónicas, deberán registrarse en el buzón de la sede electrónica de la DGT. El sistema contempla cambios en la titularidad de la empresa, actualizaciones de datos en la renovación de licencias de conducir y otras modificaciones que afecten a la identificación vehicular.

¿Qué es la Dirección Electrónica Vial (DEV)?

La Dirección Electrónica Vial (DEV) es un buzón electrónico donde puedes registrarte para recibir comunicaciones y notificaciones de manera telemática, con los mismos efectos legales que las notificaciones en papel.

El registro es opcional para las personas físicas, pero obligatorio para las personas jurídicas. A partir del 1 de noviembre de 2022, la DGT notifica exclusivamente de forma electrónica a través de la DEV.

Una vez registrado, cualquier notificación de multa o sanción llega únicamente a través de este canal, sin necesidad de tener que actualizar la dirección en caso de mudanzas u otros cambios. Aquellas entidades que aún no se hayan integrado a la DEV continuarán recibiendo notificaciones por correo postal.

Además de la notificación en la DEV, se recibe un aviso por correo electrónico y, si se desea, un SMS en el teléfono móvil. Se puede proporcionar y modificar la dirección de correo electrónico y número de móvil en cualquier momento al gestionar la suscripción en la DEV.

SMS en el que se notifica una falsa multa de la DGT.

SMS en el que se notifica una falsa multa de la DGT. / Servicio Especial

¿Qué pasa si no se realiza el alta en la DEV?

La DGT ha determinado que el registro es obligatorio para empresas y autónomos. En caso de incumplimiento, la entidad asignará automáticamente una dirección electrónica vial y enviará las notificaciones a través de ella. Además, las notificaciones estarán accesibles en la plataforma web de la DEV. En todos los casos, se considerará cumplida la notificación.

Para resolver dudas, se puede verificar si una persona jurídica está registrada en el sistema ingresando su CIF en el buscador correspondiente.

La implementación del sistema de notificación electrónica representa un avance en la modernización de la administración de la DGT.

¿Cómo solicitar el alta, baja o una modificación de tus datos?

Tanto para registrarte como para modificar tu suscripción y acceder a las notificaciones en tu buzón electrónico, es necesario contar con un certificado digital o DNI electrónico válido.

1. Registro en la Dirección Electrónica Vial: Puedes registrarte en la DEV en cualquier momento. Para ello, necesitas tener un certificado digital o el DNI electrónico en vigor.

2. Consulta y modificación de datos: En cualquier momento, utilizando tu certificado digital o DNI electrónico, puedes consultar y modificar tus datos de contacto (correo electrónico y teléfono móvil) en este enlace para recibir correctamente las notificaciones.

3. Cancelación de la Dirección Electrónica Vial: Para personas físicas: Puedes solicitar la cancelación del servicio, siempre y cuando no haya ninguna notificación pendiente de leer o rechazar en tu buzón electrónico. Si alguna notificación está caducada, también puedes proceder con la cancelación, pero nunca si hay alguna notificación pendiente en los 10 días posteriores a su disponibilidad. Formas de solicitar la cancelación de la DEV:

  • Directamente, desde esta Sede Electrónica, puedes solicitar la cancelación de manera telemática en cualquier momento con tu DNI electrónico o certificado digital válido.
  • Descarga y completa el formulario de Solicitud de cancelación de la Dirección Electrónica Vial (DEV) y entrégalo por uno de los siguientes medios:
  • Presentándolo en persona en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico en la ventanilla de información, incidencias o registro.
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M. R.

  • A través del Registro Electrónico por internet. Necesitas un DNI electrónico o certificado electrónico válido o tus credenciales de cl@ve para acceder al registro. Además, tu solicitud debe estar firmada, así que asegúrate de que tienes descargado el programa AutoFirma antes de realizar el registro. Puedes verificar que tu equipo cumple con los requisitos para realizar trámites telemáticos mediante un servicio disponible. Sigue las instrucciones para completar los datos de tu solicitud en el Registro Electrónico:
  • Completa tus datos y selecciona como “Organismo destinatario”: "Jefatura Central de Tráfico".
  • En el campo “Asunto”, indica: Solicitud de cancelación en la DEV - <nº de DNI>.
  • En los apartados “Expone” y “Solicita”, menciona que solicitas la cancelación de la DEV y el motivo, si lo hay. También puedes adjuntar la solicitud de cancelación cumplimentada en la sección de “Documentos anexos” haciendo clic en “Añadir documento”.
Versión digital del permiso de conducir en su dispositivo móvil.

Versión digital del permiso de conducir en su dispositivo móvil. / Servicio Especial

  • Registra tu solicitud y guarda el comprobante.
  • Por correo postal, enviando el formulario de cancelación completado a la siguiente dirección: Dirección General de Tráfico, Unidad de Normativa. C/ Josefa Valcárcel, 44, 28071 – Madrid. Una vez recibida y tramitada tu solicitud, te informaremos sobre la resolución. A partir de entonces, volverás a recibir notificaciones de tráfico por correo postal en la dirección que tenemos registrada para notificaciones.
  • Para personas jurídicas: La DEV es obligatoria para las personas jurídicas y otros sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, por lo que estas solicitudes de cancelación serán denegadas, excepto en casos especiales que se detallan más adelante en la sección "Supuesto especial: Personas Jurídicas".