Violencia machista

El jurado ve culpable de asesinato al asesino machista de Hasna en Barbastro

El veredicto valora que el acusado "sabía perfectamente lo que hacía" y era conocedor del fuerte impacto psicológico que causaría a sus dos hijos de mayor edad

El acusado tras la lectura del veredicto.

El acusado tras la lectura del veredicto.

Efe

El jurado encargado de enjuiciar en la Audiencia de Huesca al hombre que mató a su exmujer a cuchilladas en la localidad altoaragonesa de Barbastro ante sus tres hijos menores de edad ha responsabilizado en su veredicto al procesado de asesinato con alevosía y por motivos machistas tras valorar distintas pruebas presentadas a lo largo de la vista.

Tras más de nueve horas de deliberaciones, el veredicto emitido por los miembros del jurado concluye por unanimidad que el acusado, Abdelkader Abid Allah Ben Moussa no sólo era consciente y tenía su capacidad volitiva y de comprender intacta o ligeramente afectada, sino que tenía la intención de matar a su exmujer, Hasna, y lo hizo con una crueldad innecesaria, asestándole hasta doce cuchilladas.

El veredicto valora que el acusado "sabía perfectamente lo que hacía" y era conocedor del fuerte impacto psicológico que causaría a sus dos hijos de mayor edad, en tratamiento por estrés postraumático desde que ocurrieron los hechos, el 20 de junio de 2021 en la casa de víctima.

Idea de dominación y poder

Entienden los miembros del jurado, a tenor de las pruebas valoradas, que el acusado, de nacionalidad marroquí, actuó movido por una idea de dominación y de poder sobre su exmujer derivada de la cultura musulmana en la que había crecido, y con el móvil último causado por la negativa de la víctima a vender la casa en la que vivía con sus hijos para repartirse el dinero.

El veredicto valora para llegar a esta conclusión los informes presentados por la psicóloga que atendió al acusado dos horas antes en el centro de salud de Barbastro, y la que lo asistió poco después de perpetrarse el crimen, las cuales coincidieron en apreciar que no presentaba síntomas de inestabilidad psíquica.

Admiten los jurados que Abdelkader Abid Allah Ben Moussa tenía diagnosticado desde 2018 un trastorno paranoico que había motivado en 2020 su absolución de un delito de maltrato a su mujer por trastorno mental transitorio, pero valoran que el día en que ocurrieron los hechos no tenía afectadas su facultades de comprender.

El veredicto valora el testimonio prestado por el jefe de psiquiatría del Hospital San Jorge que atendió al procesado en los días siguientes al crimen, quien le consideró "imputable", pero no entra a valorar el testimonio que prestó un médico forense del Instituto de Medicina Legal de Aragón (IMLA) citado por la defensa, sobre la base de su historial clínico, lo vió inimputable debido al trastorno paranoide que le había sido diagnosticado y que le llevó en diversas ocasiones a estar hospitalizado en pabellones psiquiátricos.

Este especialista había advertido dos años antes a la jueza de Barbastro que instruyó una denuncia por maltrato contra el acusado que éste era una persona potencialmente peligrosa y capaz de desarrollar una gran agresividad, y que en el juicio que se celebró por estos hechos aportó un informe que motivó su absolución por el tribunal, que acordó a su vez un estricto seguimiento psiquiátrico del paciente durante un periodo de un año.

A tenor del veredicto del jurado, el fiscal y las acusaciones particular, ejercida por el letrado Alejandro Soteras, y popular en nombre del Gobierno aragonés han ratificado sus respectivas peticiones de 25 años de prisión por el delito de asesinato con alevosía y con las agravantes de parentesco y de género, así como de dos condenas de un año por el maltrato psicológico causado a sus dos hijos más mayores (el tercero sólo tenía un año en esos momentos), así como de indemnizaciones a los padres de la víctima y a sus hijos y órdenes de alejamiento durante el tiempo de la condena.

Por su parte, el letrado de la defensa, Javier Vilarubí, ha rechazado el veredicto del jurado y ha mantenido su petición de absolución por trastorno mental transitorio, y ha anunciado un recurso de apelación contra la sentencia a dictar en los próximos días por el presidente del tribunal.

En dicha sentencia, el magistrado incorporará la negativa del jurado a la petición de indulto para el procesado así como de beneficios penitenciarios debido a la gravedad de los hechos.