Una sentencia del Juzgado de lo Social ha vuelto a dar la razón al comité de empresa y a los trabajadores de Zaragoza Dinámica y le obliga a cumplir los acuerdos firmados con el comité de representación, lo que conlleva la actividad laboral mínima de 9 meses para todos los trabajadores fijos discontinuos, pactando previamente las fechas con el comité; además deberá indemnizar a los trabajadores --por perjuicio causado-- que no han trabajado 9 meses en el año 2014.

El Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial (Zaragoza Dinámica), es un organismo autónomo del Ayuntamiento de Zaragoza creado expresamente para el desarrollo de las políticas de empleo municipales, estando entre sus funciones estatutarias la formación para el empleo y la orientación e inserción laboral a las personas desempleadas, con independencia de los programas a través de los cuales se desarrollen estas y las subvenciones que se reciban para ello. Como así había sido reconocido en anteriores sentencias (más de 50) que los jueces han ido dictando en contra del instituto.

No obstante, la gerencia ha seguido todos estos años "empeñada en una gestión restrictiva de los recursos y dependiente siempre de las directrice", los programas y las subvenciones del Gobierno autonómico, manteniendo a sus trabajadores en suspenso de actividad si estas no se daban e incumpliendo las sentencias habidas.

Así, en diciembre de 2013, a la vista de la posible modificación de competencias de los ayuntamientos la vicepresidenta del IMEFEZ, firmó con la representación sindical un nuevo acuerdo por el que se comprometía a mantener el empleo y dar actividad a los trabajadores y trabajadoras fijas discontinuas por un mínimo de 9 meses al año, en continuidad con los acuerdos anteriores y el convenio y acuerdos municipales por el mantenimiento del empleo, informa CCOO.

Sin embargo un nuevo incumplimiento de la gerencia llevó al comité de empresa a interponer el conflicto colectivo que ahora ha sido fallado, condenando a Zaragoza Dinámica a cumplir lo pactado.