Esta es la nueva infracción por la que Consumo persigue a varias aerolíneas
Las multas podrían ascender a los 100.000 euros dependiendo del caso
En más de una ocasión han salido a la luz casos de violaciones de los derechos del consumidor por parte de compañías aéreas. Una de las quejas más frecuentes gira entorno al sobrecoste por llevar equipaje de mano que impusieron ciertas aerolíneas hace unos años.
De hecho, el pasado 3 de agosto, el Ministerio de Consumo comunicó que ya había abierto un expediente sancionador a ciertas empresas por este motivo y tras la denuncia de FACUA-Consumidores en Acción. Algunas de las implicadas fueron Ryanair, Vueling, EasyJet y Volotea.
Pero la administración ha abierto un nuevo frente de incumplimientos: la ausencia de un teléfono de atención gratuito o, si disponen de él, la dificultad de acceso. Según el ministerio, se trata de un infringimiento de las obligaciones legales que tiene toda entidad en lo que respecta al servicio de atención al cliente. Esta norma entró en vigor desde el cambio en la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios.
Lo que dicta la normativa y las posibles consecuencias
Todavía no sabemos qué compañías son las acusadas. Por su parte, la organización FACUA-Consumidores en Acción asegura haber impuesto una demanda a Blue Air, Binter, Canary Fly, Iberia, Wizzair, Volotea, Air Europa, Condor, Iberojet, Easyjet, Finnair, Iceland Air, SAS, Transavia, Wamos Air y EgyptAir.
El Ministerio de Consumo ha señalado que las multas dependerán de la gravedad de cada caso y que oscilarán entre los 150 y los 100.000 euros. Pero esta cantidad podría multiplicarse por cuatro o por seis si el beneficio ilícito que producen estas prácticas supera lo estipulado para la sanción económica.
El reglamento establece que el teléfono debe ser accesible a todos los consumidores y, además, no debe suponer ningún coste. También se ha recordado que los teléfonos gratuitos son aquellos que comienzan por 800 o 900 y que, al ser considerado un servicio de carácter básico y de interés general, las empresas dedicadas al sector del transporte aéreo están obligadas a tener un número de atención al cliente de coste cero.
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