ENTREVISTA | Ana Benavides Directora general de Fundacion Lealtad

“Si donas a una oenegé 25 euros al mes, solo te está costando 6,7”

Este 2024 ha entrado en vigor la nueva ley española de mecenazgo, reformada a finales de 2023

La nueva norma sustituye a la vigente hasta ahora, aprobada en 2002, e introduce novedades fiscales

Amplía las deducciones que particulares y empresas pueden aplicarse por sus donaciones a las oenegés

Ana Benavides, directora general de Fundacion Lealtad.

Ana Benavides, directora general de Fundacion Lealtad. / Servicio especial

Mario Gracia

¿Hacía falta una nueva ley de mecenazgo?

Sí. La anterior se aprobó en 2002, y la sociedad y nuestra forma de colaborar con las oenegés ha evolucionado. La ley que ampara e incentiva esta colaboración debía evolucionar en paralelo. Se habían incorporado algunas modificaciones, pero su revisión global era una demanda del tercer sector.

 ¿Qué cambios implica para las entidades sociales?

Se han ampliado las modalidades de explotaciones económicas exentas de tributación cuando son desarrolladas por entidades sin ánimo de lucro. Ahora incluyen, por ejemplo, los servicios de inserción sociolaboral de personas en riesgo de exclusión o la defensa de los animales, entre otras. También se ha simplificado y automatizado la aplicación de exenciones en tributos locales para bienes de las entidades sin ánimo de lucro.

¿Es la ley que quería el tercer sector?

Es pronto para valorar su impacto porque acaba de entrar en vigor, pero nunca llueve a gusto de todos. Algunos pueden pensar que se ha quedado corta, otros que puede complicar más que ayudar, como parece que ocurre con la cesión de inmuebles, pero, en general, creemos que la reforma es positiva, y ha sido celebrada y bien acogida por el conjunto del sector, aunque tendremos que hacer la primera valoración a partir de 2025.

¿Cuáles son las principales novedades fiscales para los donantes particulares?

Entró en vigor en enero de 2024, por lo que no se aplicará con efecto retroactivo en la declaración del IRPF de 2023, que se regirá por la Ley 49/2002, antes de la reforma. La principal novedad para el donante es el incremento de la cantidad inicial con un 80% de deducción, que pasa de 150 a 250 euros (el denominado micromecenazgo). Y, la segunda, el incremento de los porcentajes de deducción, que ahora se sitúan en el 40%, frente al 35% anterior, y en el 45%, si se trata de una colaboración recurrente (antes era el 40%). Esto quiere decir que, si colaboras con una oenegé con 25 euros al mes, en realidad solo te está costando 6,7 euros mensuales.

¿Y para las empresas?

Además de los incrementos de los porcentajes de deducción, posiblemente, la novedad más importante es la incorporación, largamente solicitada, de la colaboración a través de la prestación de servicios. Se articula a través de los convenios de colaboración. Y aquí es importante señalar que no consiste en que el importe de los servicios prestados esté sujeto a los porcentajes de deducción correspondientes. A través de la figura del convenio de colaboración en actividades de interés general, que ya existía en la Ley 49/2002, el importe de los servicios prestados será gasto deducible para la empresa.

¿Antes solo contaban los donativos económicos?

En realidad, hasta ahora estaban regulados los donativos económicos y también en especie. Es decir, la aportación de bienes del inventario de la empresa. La inclusión de la prestación de servicios abre la posibilidad a cualquier empresa de colaborar con oenegés desde su ámbito de negocio. Ahora es más fácil. No hace falta crear algo nuevo o montar un proyecto, basta con prestar tus servicios a una oenegé y, por supuesto, documentarlo. A su vez, facilitará a las organizaciones el acceso a servicios profesionales muy necesarios en su día a día. Los ejemplos más habituales pueden ser el diseño de una campaña de comunicación o el asesoramiento jurídico, pero pensemos que se puede aplicar en todo tipo de servicios y puede ser una gran ayuda a la labor de las entidades.

La nueva ley introduce el concepto de “mecenazgo de reconocimiento o recompensa”. ¿Qué implica?

También se trata de una novedad esperada, ya que, en la normativa anterior, la donación debía estar desvinculada de cualquier tipo de reconocimiento al donante, porque de existir dejaría de ser considerada una donación y se entendía como una contraprestación. La realidad es que es una herramienta muy útil de captación de fondos para las entidades y contribuye a agradecer el apoyo recibido. La reforma incluye, marcando unos límites, la posibilidad de que el donante reciba bienes o servicios. Pensemos en un calendario, una entrada para un concierto, una cena... Se permiten siempre que su valor no supere el 15% del importe donado o los 25.000 euros.

¿Todos los donativos dan derecho a deducción?

Para que un donativo dé derecho a deducción, es la entidad que lo recibe la que debe cumplir unos requisitos. Las fundaciones y, en el caso de las asociaciones, las que estén declaradas de utilidad pública, deben estar incluidas en la definición de entidades no lucrativas de la Ley 49/2002. Además, tienen que haber formalizado que se acogen al régimen fiscal de esta norma. Es un trámite sencillo, que se realiza ante Hacienda, pero algunas organizaciones no lo hacen, pensando que basta con cumplir los requisitos, cuando no es así. Por ello, un donante puede y debe preguntar a la oenegé si está acogida a la Ley 49/2002 para confirmar que sus donativos darán derecho a las deducciones correspondientes, si la entidad no lo especifica explícitamente en su página web. Lo habitual es que esta información esté junto a los formularios de colaboración.

¿Tiene la Fundación Lealtad alguna herramienta para identificar a estas organizaciones?

Por un lado, las oenegés acreditadas por la Fundación Lealtad son fundaciones o asociaciones declaradas de utilidad pública y, por ello, están acogidas al régimen fiscal de la Ley 49/2002. Es muy sencillo identificar organizaciones a las que donar usando nuestro buscador en www.fundacionlealtad.org. Además, han pasado por un riguroso y completo proceso de análisis, en el que se ha verificado el cumplimiento íntegro de los nueve Principios de Transparencia y Buenas Prácticas, y han recibido el sello Dona con Confianza, que transmite al donante el compromiso con la transparencia y una gestión eficaz. Solo queda elegir la causa o la entidad con la que colaborar y, para ello, el buscador avanzado permite seleccionar tipo de actividades, beneficiarios, zona geográfica... Hay más de 275 oenegés acreditadas con las que colaborar y, de paso, aprovechar los incentivos fiscales.