El BOA publica el nuevo Plan General de Caza en Aragón

Entre sus novedades excluye del listado de especies cinegéticas a la gachadiza común, el ánade rabudo, el porrón moñudo y el silbón europeo por estar calificadas en "Peligro de Extinción" y "Vulnerables"

EFE

El Boletín Oficial de Aragón publica este miércoles el nuevo Plan General de Caza 2023-2024, que regula el ejercicio de esta actividad para los aproximadamente 50.000 cazadores que la practican, y que, entre sus novedades excluye del listado de especies cinegéticas a la gachadiza común, el ánade rabudo, el porrón moñudo y el silbón europeo por estar calificadas en "Peligro de Extinción" y "Vulnerables" en la Lista Roja europea.

Las novedades del plan pretenden simplificar los trámites administrativos que deben realizar los titulares de los cotos y los cazadores en general, asegurar la sostenibilidad de las especies cinegéticas, así como favorecer el control de los daños agrícolas producidos por algunas de estas especies.

Así, como otra de estas novedades es que en la caza a rececho se podrá emplear un máximo de un perro para el cobro de piezas heridas o muertas y su suelta sólo podrá hacerse después del lance o que, para evitar los problemas de salubridad, se prohíbe dejar en el medio natural los ejemplares de especies de caza menor que hayan sido cobrados.

No obstante, sí se permite el depósito de sus vísceras en lugares alejados más de 25 metros de zonas de seguridad, aparcamientos, caminos y vías por las que puedan circular vehículos a motor, así como de cauces de agua y lugares en los que ésta quede embalsada, informa el Gobierno de Aragón.

Además, está prohibido el empleo durante la acción de caza de cualquier tipo de dispositivo, montado o no sobre el arma, de los que forme parte un convertidor o un amplificador electrónico de luz, incluyendo, entre otros, los dispositivos infrarrojos y los termográficos.

También, de acuerdo con las directrices del "Plan nacional de gestión a medio/largo plazo de las poblaciones de jabalíes silvestres para reducir el riesgo de entrada y difusión del virus de la peste porcina africana en España" en el que se solicita incrementar la caza de esta especie y, con el fin de disminuir los daños agrarios que produce en determinados cultivos se podrán realizar batidas de jabalíes en cultivos de regadío de maíz, sorgo, girasol, colza o soja del 15 de agosto al cuarto domingo de febrero.

Siempre que esté así autorizado por el titular de la gestión del terreno cinegético, durante los recechos de caza mayor se podrá cazar el jabalí en cualquier época del año y se establecen unos mismos periodos hábiles para la caza del corzo a rececho en todo Aragón que son: corzo macho del 1 de marzo a 15 de noviembre y corzas del 15 de agosto a 30 de marzo.

El Gobierno de Aragón destaca además que se modifican periodos hábiles y se establecen cupos diarios de captura para algunas de las especies consideradas con estatus inseguro por el comité NADEG, de forma que se cifra en cuatro máximo de captura diario para el ánade friso, focha común, pato cuchara, y de 30 ejemplares para la codorniz. Y se fija como fecha de cierre del periodo hábil el 31 de enero para el ánade friso, focha común, pato colorado y pato cuchara.

El plan establece además nuevos criterios para la autorización del control de determinadas aves antropófilas; se prevén cupos máximos de captura de sarrio y cabra montés en todo Aragón y del ciervo macho en los municipios relacionados en el Anexo VIII y en los cotos municipales, deportivos, privados e intensivos, el permiso escrito de caza otorgado por la persona titular del coto podrá estar impreso en papel o tener formato digital.

Otras de las novedades es que en las áreas que han sufrido un incendio de más de 100 hectáreas el servicio provincial emitirá un informe en el que se analizará la afección del incendio a las especies cinegéticas y se propondrán medidas que favorezcan la conservación de dichas especies ante la nueva situación y el necesario control de las mismas para minimizar los daños agrícolas y los accidentes de tráfico, entre otras.

Si el incendio hubiera afectado a un coto, para la realización de dicho informe se dará audiencia a su titular y, por resolución administrativa basada en el informe anterior, se podrá vedar durante un máximo de tres años la caza de algunas o de todas las especies autorizadas en el plan técnico del coto y dicha veda podrá afectar a todo el acotado o tan sólo a una parte del mismo.

Según el Plan, los municipios de Albero Bajo, Cadrete, Grañén, Letux, Lalueza y Sangarrén se incorporan al Anexo II, en el que se indican los términos municipales con sobrepoblación de conejo en los que se establecen medidas extraordinarias para su control poblacional.