ANIVERSARIO DE UN HITO

40 años de la primera ley sobre discapacidad

En abril de 1982 se aprobó la Lismi (Ley de Integración Social de las Personas con Discapacidad)

Imagen de archivo de un hombre en silla de ruedas

Imagen de archivo de un hombre en silla de ruedas / FREEPIK

Luis Gonzaga, Presidente de CERMI Aragón

Hace 40 años, en abril de 1982, se aprobó la Ley de Integración Social de las Personas con Discapacidad (conocida como la Lismi). Los principios que la inspiraron se fundamentaban en los derechos económicos, jurídicos y sociales que el artículo 49 de la Constitución reconoce, en razón a la dignidad propia de las personas con discapacidad en sus capacidades físicas, psíquicas o sensoriales para su completa realización personal y su total integración social, y a las personas con grandes discapacidades, para la asistencia y tutela necesarias. Según su artículo tres, los poderes públicos debían prestar los recursos necesarios para el ejercicio de dichos derechos.

Esta normativa sería el detonante de un cambio de mentalidad en materia de derechos de las personas con discapacidad en prevención, cuidados médicos, diagnóstico y valoración de las minusvalías, prestaciones económicas, rehabilitación médicofuncional, tratamiento y orientación psicológica, educación, recuperación profesional e integración laboral. Hasta entonces excluidas del mercado laboral, las personas con discapacidad encontraron en la Lismi la respuesta más eficaz a lo que hasta entonces era un derecho constitucional que no se respetaba. Fue el primer texto legislativo que tenía como objeto regular su inclusión en el mismo.

Necesidad

La ley nacía fruto de una necesidad cada vez mayor, y supuso un punto de inflexión. El sistema de cuotas que marcó ha permitido crear un modelo de integración más avanzado pero que, pasados 40 años, todavía presenta muchos retos sociales, políticos y empresariales. La Lismi estableció por primera vez en España que todas las empresas con una plantilla que supere los 50 trabajadores deben reservar una cuota del 2% para personas con un grado de discapacidad igual o mayor al 33%.

Estuvo vigente hasta el 2014, año en el que se produce la unificación de varias normativas que darán como resultado la actual Ley general de los derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. Esta refunde, regulariza, aclara y armoniza en un único texto legal tres normas: la Lismi, la Liondau (2003) y la Ley de infracciones y sanciones (2007), que hasta entonces eran las principales disposiciones legales de carácter general vigentes en España concebidas para atender los derechos de las personas con discapacidad. Únicamente introduce modificaciones terminológicas, como sustituir la palabra minusválido por persona con discapacidad, e inserción/integración por inclusión.

Con el lenguaje transmitimos mensajes, conceptos e ideas, y las personas con discapacidad llevamos tiempo luchando por eliminar términos como minusválido o discapacitado del vocabulario colectivo. El lenguaje no es inocente, pero la batalla por modificar la terminología del texto legislativo, por lo menos, fue ganada. En la actualidad, seguimos manteniendo la aspiración de que se modifique finalmente el artículo 49 de la Constitución, eliminando también estos conceptos terminológicos ya adaptados en el resto de legislación.