CORPORACIÓN PÚBLICA DE RADIO Y TELEVISIÓN

La directora de la CARTV, obligada a dejar su puesto tres meses después de su nombramiento

El Gobierno de España deniega la solicitud de excedencia cursada por la periodista Raquel Fuertes, que es trabajadora en la Delegación del Gobierno en Aragón, para dirigir la Corporación Aragonesa de Radio y Televisiónj

Raquel Fuertes durante su comparecencia en las Cortes cuando explicó su proyecto en la radiotelevisión autonómica.

Raquel Fuertes durante su comparecencia en las Cortes cuando explicó su proyecto en la radiotelevisión autonómica. / Cortes de Aragón.

La directora de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión (CARTV), la periodista Raquel Fuertes, nombrada hace apenas tres meses por el Consejo de Administración y tras haber presentado hace semanas su proyecto para la corporación pública, tendrá que dejar su puesto y regresar a su empleo anterior tras no recibir el visto bueno del ministerio para lograr una excedencia forzosa que le hubiera permitido ejercer su nueva labor.

Según ha podido saber este diario, Fuertes se reincorporará este mismo lunes a su puesto de trabajo como periodista en la Delegación del Gobierno en Aragón tras agotarse el plazo en el que el Ejecutivo central debía otorgarle la excedencia forzosa para poder dedicarse a dirigir la corporación pública aragonesa.

El Consejo de Administración de la CARTV ya ha realizado una convocatoria urgente para este sábado con el único punto en el orden del día de abordar la situación de Fuertes, que dejaría por el momento vacante la dirección de la corporación.

Según las razones esgrimidas por el Gobierno central, se le deniega la excedencia forzosa que solicitó al ser propuesta para dirigir la CARTV porque el convenio solo recoge el derecho a la excedencia si se trata de puesto "por elección" y no por "designación". Fuertes interpreta que otro artículo del convenio colectivo, el 124, también considera que lo que no queda reglado por dicho documento, se atiene al Estatuto de los Trabajadores.

Por ello, la periodista alega que el artículo 46.1 del Estatuto de los Trabajadores sí contempla los dos supuestos, tanto de excedencia forzosa por elección, como por designación, y como tal, apeló en su solicitud a dicho artículo para poder acogerse a la excedencia y no al del convenio colectivo al que ahora se refiere al Gobierno central.

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